TC anula renovación de licencia cada dos años para mayores de 75 años

Santo Domingo.– El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional la norma que obligaba a las personas mayores de 75 años a renovar su licencia de conducir cada dos años, en lugar del período ordinario de cuatro años.
Mediante la sentencia TC/0904/26, el tribunal anuló la disposición establecida en el decreto 330-26, al considerar que reducir la vigencia de la licencia únicamente por razón de edad vulnera el derecho a la igualdad, debido a que no existe una justificación suficiente y proporcional.
El TC estableció que las evaluaciones médicas y de aptitud para conducir deben realizarse de manera individual, sin presumir que una persona ha perdido sus capacidades únicamente por superar determinada edad.
Asimismo, señaló que cualquier límite de edad que establezca condiciones especiales para la renovación de licencias debe estar contemplado en una ley y no únicamente en un decreto del Poder Ejecutivo.
La decisión fue aprobada por unanimidad, aunque el magistrado Amaury A. Reyes Torres presentó un voto salvado con argumentos diferentes. Con este fallo, los conductores mayores de 75 años dejan de estar sujetos a la renovación cada dos años establecida por el decreto 330-26.



