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Wander Franco recibe tres años de prisión suspendida por caso de abuso sexual a una menor

La Corte de Apelación de Puerto Plata impuso al pelotero Wander Samuel Franco Aybar una condena de tres años de prisión suspendida y el pago de una multa equivalente a tres salarios mínimos, por el caso de abuso sexual a una menor.

Ante la decisión, el abogado Jonathan del Rosario explicó que la prisión suspendida y el perdón judicial son figuras jurídicas diferentes y que ninguna significa que el condenado sea inocente ni que quede libre de responsabilidad penal.

Indicó que la suspensión de la pena permite que la persona no ingrese a prisión, siempre que cumpla determinadas condiciones durante un período de prueba. Entre ellas figuran no salir del país, no portar armas y evitar cualquier contacto con la víctima.

Asimismo, explicó que si el condenado incumple las reglas establecidas por el tribunal, el beneficio puede ser revocado y tendría que cumplir la condena en prisión.

El especialista señaló que este beneficio está sujeto a requisitos legales, como que la condena no supere los cinco años y que la persona no tenga antecedentes penales. Por su parte, el perdón judicial permite al juez eximir de pena bajo circunstancias extraordinarias, sin eliminar la culpabilidad.

 

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