Cámara de Diputados aprueba modificación de ley contra tráfico de personas, elevando penas hasta 40 años de cárcel

SANTO DOMINGO.- La Cámara de Diputados ha aprobado la modificación de la Ley 137-03, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, elevando significativamente las penas para quienes cometan estos delitos, especialmente cuando concurren circunstancias agravantes. La iniciativa, que ahora pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación, establece castigos de hasta 40 años de cárcel.
La reforma tipifica el delito de trata de personas con penas de 20 a 25 años de reclusión y multas que oscilan entre 700 y 1,500 salarios mínimos del sector público. Los cómplices en estos casos enfrentarán penas de 15 a 20 años de prisión, cuando las agravantes sean mínimas.
En cuanto al tráfico ilícito de migrantes, la pena base para los cómplices será de 10 a 15 años de prisión. Sin embargo, la ley contempla que, ante la presencia de circunstancias agravantes, las penas puedan incrementarse hasta alcanzar los 40 años de prisión.
El objetivo principal de esta ley es adecuar la tipificación del tráfico ilícito de migrantes y sus delitos conexos, así como las circunstancias agravantes de la trata de personas. Con la modificación e inclusión de varios artículos (entre ellos el 2, 3, 6 y 7), se busca sancionar y desincentivar enérgicamente la comisión de estos hechos delictivos.
Entre las agravantes específicas que contempla la ley se encuentran: la muerte de alguna de las víctimas objeto del tráfico, la causación de daños físicos o psicológicos permanentes a las víctimas, y la participación de funcionarios públicos en estas actividades ilícitas. Adicionalmente, se sancionan los vínculos con el crimen organizado, tanto a nivel nacional como transnacional, el uso de tortura o barbarie, la falsificación de documentos de identidad o de viaje, la reincidencia en la conducta delictiva y el uso de empresas o agencias de viajes para facilitar estos crímenes.





