En cárceles tradicionales, 40 % reclusos duermen en el suelo
República Dominicana: El 40 % de los privados de libertad que se encuentran en las cárceles tradicionales del país duermen en el suelo debido al hacinamiento que impera en esas prisiones, reveló este miércoles la Oficina Nacional de Defensa Pública.
Durante la presentación del informe “Condiciones de Detención y Prisión 2021”, Rodolfo Valentín, director de la Defensa Pública, indicó que para el pasado año 2021, en el país habían 27,315 personas privadas de libertad. La mayoría se encuentran recluidos en las 19 cárceles del modelo tradicional, pese a que hay otros 27 centros reformados, donde hay mejores condiciones carcelarias.
Valentín explicó que el informe que elaboraron releva la existencia un excesivo de prisión preventiva especialmente en las 19 cárceles del modelo tradicional. Además en las prisiones dominicanas hay una gran cantidad de personas con problemas de salud física y mental y diversas carencias que imposibilitan garantizar la reinserción social a las personas detenidas.
También, advirtió que la institucionalidad del sistema carcelario estaría debilitada por la disminución de su presupuesto, poco personal técnico y de custodia.
“Este informe da cuenta de los desafíos que tiene el Estado, el sistema de Justicia y Penitenciario, frente a las diversas situaciones que se viven en las cárceles dominicanas, y del inminente riesgo a la violencia, vida salud, incendios, motines, fugas, maltratos y violación a la integridad que enfrentan las personas privadas de libertad”, manifestó.
En cuanto al hacinamiento, Valentín puso como ejemplo la Penitenciaría Nacional de La Victoria, un recinto del modelo tradicional que fue construida para alojar a 2,103 personas y al momento del levantamiento albergaba 7,625 internos.
Dijo que la misma situación pasa en otras cárceles como las de Baní, Azua, San Juan de la Maguana y Barahona. Otro problema encontrado fue que en los recintos de Salcedo, Nagua y Samaná no hay separación entre hombres y mujeres lo que conlleva a una vulneración al derecho a la intimidad y al honor.
La Oficina Nacional de Defensa Pública también encontró en las cárceles infraestructuras deficientes, atención médica negligente así como una alimentación inadecuada.
“El gran problema en República Dominicana, no radica en los Centros Penitenciarios (reformados o tradicional) como forma de control, sino que la política que el Estado plantea para el respeto de los Derechos Humanos, y lo que se lleva a cabo en la práctica son hasta cierto punto, dos caras de una misma moneda”, dijo Valentín.
“Lo que el Estado expresamente plantea a través de la norma, respeto a lo que debe hacerse, en la práctica no se realiza”, agregó.
El informe realizó las siguientes recomendaciones para solucionar los problemas encontrados:
1.- Las autoridades deben dotar de personal médico suficiente donde no los hay, y que se incluya personal psiquiátrico, odontológico, y ginecólogo en el caso de las mujeres, exigiendo a salud pública abastecer de todos los medicamentos necesarios a los centros, así como que se establezcan conexiones con laboratorios ubicados en el país a fin de lograr donaciones.
2.- Canalizar la construcción de nuevas estructuras en los lugares donde existe hacinamiento, y que se proceda a la reubicación de las mujeres recluidas en Nagua, Samaná, Salcedo y Montecristi, por su cercanía con el área de hombres, y en el caso de los menores implementar los programas de reinserción social en todos los centros, procediendo a la eliminación del centro de La Vega por no estar apto para alojar ningún adolescente.
3- Gestionar con las autoridades penitenciarias para que los internos sean reubicados en aquellos lugares donde existen nuevas construcciones de centros reformados, o que puedan lograr sus equipamientos para tales fines.
4- Aumentar la calidad y cantidad de los alimentos en los centros penitenciarios, tomando en cuenta los que requieren una dieta especial.
5- Que en todos los centros de privación de libertad se cumpla con el sistema progresivo de tratamiento que establece la Ley 113-21, que regula el Sistema Penitenciario y Correccional en la República Dominicana.
6- Gestionar y establecer de manera permanente en los centros programas educativos, brindándoseles además oportunidades labores.
7- Contratar personal para todos los centros donde no existen Comisión de Vigilancia, Evaluación y Sanción, con finalidad de trabajar la reinserción.
8- Adecuar de manera urgente los baños de los últimos centros construidos en Najayo-Hombres, Najayo San Cristobalense, Santiago, Puerto Plata, Dajabón, así como el área de Observación del centro de Mao, que vulneran el principio de intimidad y dignidad al estar ubicados sin ninguna división, lo que permite que los demás internos presencien a otro realizando sus necesidades fisiológicas.
9- Aplicación de criterios de igualdad en casos de grupos vulnerables tales como los LGTB y en consecuencia se les permita tener intimidad con su pareja, así como también desarrollar la libre personalidad, y en ese mismo orden tener especial atención en los internos transgéneros tomando las previsiones del lugar.
10- En cuanto a los internos de máxima seguridad que los mismos sean sacados al patio una hora al día, y con las debidas precauciones sean beneficiados de programas de reinserción social, conforme los dispuesto en el artículo 4 numeral 8 de la Ley 113-21.
11- Tomar todas las medidas necesarias a los fines de evitar la propagación del virus del covid, y proporcionar mascarillas y los insumos de limpieza.
12- Crear mecanismos de supervisión a las visitas que no laceren su intimidad, ya que las mujeres deben someterse a una revisión vergonzosa.
13- Apertura de las visitas conyugales, ya que como vimos hay centros que aún no inician luego de la pandemia, y que las mujeres privadas de libertad en las cárceles tradicionales tengan derecho a las mismas en igualdad de condiciones con las que están recluidas en los 5 centros del nuevo modelo, quienes desde hace un tiempo cuentan con ese beneficio.
14- Que la Procuraduría General de la República, la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales y la Fiscalía de Santo Domingo Oeste clausuren la cárcel que funciona en el sótano del Destacamento de Bella Colina, por la misma no reunir requisitos mínimos de habitabilidad para ser humano alguno y constituirse en una edificación que promueve la constante vulneración a derechos fundamentales de los internos.
15- Que las cárceles del modelo tradicional sean sustituidas con carácter de prioridad por los Centros de Corrección y Rehabilitación, para que todo el sistema pase bajo la gerencia del Modelo de Gestión Penitenciaria, como garantía de los Derechos Humanos a permanecer en un ambiente donde se respete su dignidad e integridad.
16- Que la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales desarrolle auditorias de calidad a los diferentes servicios ofrecido a interno/as, que permitan establecer debilidades concretas en ambos sistemas, específicamente, aquellos servicios básicos como alimentación, albergue, salubridad, higiene, así como los demás servicios que deben ser ofrecidos en el marco del proceso de rehabilitación y reinserción, entre estos mencionamos: educación, formación técnica, etc.
17- Que la Procuraduría General de la República a través de la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales, amplíe los programas de vinculación con los sectores de la sociedad y medios de comunicación, para concienciar a la población de las bondades que brinda el Modelo de Gestión Penitenciaria, sujeto al respeto de los derechos humanos.
18- Que la Procuraduría General de la República y la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales, realicen acuerdos con instituciones y organizaciones públicas y privadas a los fines de que los internos y las internas, después de cumplir la pena, puedan obtener un empleo, de esa manera se da seguimiento a la post-prisión y se rompe con el estigma o prejuicio de haber sido convicto.