La JCE zigzaguea a última hora y se retracta sobre prohibición de encuestas a boca de urna

La JCE zigzaguea a última hora y se retracta sobre prohibición de encuestas a boca de urna

A pocas horas del inicio de las votaciones, la Junta Central Electoral prohibió las encuestas a boca de urna, y luego echó hacia atrás ante las protestas y las evidencias claras de que se trataba de una violación a la ley electoral y a la Constitución.

Mediante un comunicado este sábado, el organismo advirtió que está prohibida la realización de encuestas a boca de urna, sondeos y mediciones de ningún tipo sobre los resultados de las elecciones presidenciales y congresuales que se celebrarán este domingo 19 de mayo. Sin embargo, luego aclaró que lo que está prohibido es la divulgación de los resultados de las referidas encuestas.

«Este domingo 19 de mayo de 2024, no está permitida durante el desarrollo de la jornada electoral y hasta la emisión del boletín definitivo de los resultados electorales, la divulgación, publicación o difusión de encuestas a boca de urna o «exit poll», en ningún medio de prensa, comunicación o redes sociales. Las mismas son para el consumo interno de los Partidos Políticos y Candidatos (as)«.

El delegado político ante la Junta Central Electoral (JCE) por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), Sigmund Freund, publicó un mensaje en la red social X, en el cual rechaza la medida que prohíbe la realización de encuestas a boca de urna por considerarla contraria a la Ley 20-23 del régimen electoral.

«Esta medida dictada por @juntacentral es ilegal y contraria al art. 216 de la ley 20-23. Las bocas de urnas están permitidas por ley y el organismo no puede prohibirlas por resolución. El @PRM_Oficial rechaza esta medida y advierte que debe ser revocada», escribió Freund.

Lo que dice la ley

En el párrafo 2 del artículo 216 de la Ley 20-23 Orgánica del Régimen Electoral, establece que «las firmas encuestadoras debidamente certificadas, podrán realizar encuestas o sondeos a boca de urna, siempre que las mismas sean depositadas en la Junta Central Electoral en sobres cerrados y sellados o lacrados, y hayan cumplido con los requisitos exigidos por la Junta Central Electoral, cuyos resultados no podrán ser divulgados hasta tres horas después del cierre de las votaciones«.