Tragedia en Discoteca Jet Set Reabre Debate sobre Protección de Imagen de Fallecidos

República Dominicana – La devastadora tragedia ocurrida en la discoteca Jet Set, que lamentablemente cobró la vida de más de 130 personas, incluido al reconocido merenguero Rubby Pérez, y dejó un número aún no determinado de heridos, ha conmocionado a la nación dominicana. En medio del dolor y la consternación, la atención se centra también en la crucial Ley 192-19 , que penaliza la divulgación de imágenes de personas fallecidas sin la autorización expresa de sus familiares .
Este trágico suceso, que se convierte en el accidente con mayor número de víctimas mortales en una discoteca en la última década, ha movilizado a familiares desesperados, medios de comunicación y curiosos al lugar del colapso. Esta situación genera una alta probabilidad de que se produzcan violaciones a la Ley 192-19 mediante la difusión no autorizada de fotografías y videos de las víctimas.
La Ley 192-19 tiene como objetivo primordial proteger la imagen, el honor y la intimidad familiar de las personas fallecidas frente a intromisiones ilegítimas . La legislación otorga al Ministerio Público la facultad de iniciar investigaciones de oficio ante posibles infracciones, y concede a los familiares el derecho de interponer demandas por los daños y perjuicios ocasionados por la difusión no consentida de las imágenes de sus seres queridos.
La normativa establece un claro orden de prelación para determinar quiénes están legitimados para otorgar el consentimiento para el uso de las imágenes del difunto. Este orden comienza con el cónyuge sobreviviente no separado legalmente o de hecho, seguido por los hijos mayores de edad, los padres, los hermanos mayores de edad y, en ausencia de los anteriores, los parientes colaterales hasta el cuarto grado. Es importante destacar que la protección de estos derechos perdura por un período de 20 años contados a partir de la fecha del fallecimiento.
En este momento de profundo dolor para la República Dominicana, las autoridades y los medios de comunicación deben actuar con la máxima responsabilidad y sensibilidad, respetando la Ley 192-19 y evitando cualquier acción que pueda vulnerar la privacidad y el duelo de las familias afectadas por esta pérdida irreparable. La memoria de las víctimas merece ser honrada con respeto y dignidad, y la ley está vigente para garantizarlo.




