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Tragedia en Santo Domingo este reaviva debate sobre el porte de armas por militares retirados

 

Santo Domingo, República Dominicana – La tragedia ocurrida ayer en Santo Domingo Este, donde un capitán retirado de la Armada ultimó a tres miembros de su familia antes de suicidarse, ha reabierto el debate sobre la conveniencia de que los militares retirados permanezcan armados. Este lamentable incidente ha llevado a la sociedad a cuestionar las regulaciones vigentes en torno al porte de armas por parte de oficiales retirados.

En la República Dominicana, el porte de armas de fuego por oficiales retirados de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional está regulado por diversas leyes, que presentan diferencias significativas entre ambas instituciones. Según la Ley 139-13 Orgánica de las Fuerzas Armadas, específicamente en su artículo 161, los oficiales generales y superiores en situación de retiro tienen derecho a portar un arma de fuego corta para su defensa personal. Este derecho es asignado por el Intendente de Material Bélico correspondiente a la institución.

Además, se establece que los comandantes generales de las Fuerzas Armadas pueden otorgar este derecho a oficiales subalternos al momento de su retiro. No obstante, esta regulación ha sido objeto de críticas y cuestionamientos ante situaciones violentas como la ocurrida recientemente.

La sociedad civil y diversas organizaciones han comenzado a exigir una revisión exhaustiva de estas normativas para garantizar la seguridad pública y evitar que situaciones trágicas como esta se repitan. La discusión sobre el control y regulación del porte de armas por parte de militares retirados se convierte en un tema urgente que requiere atención inmediata por parte de las autoridades competentes.

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